En cuanto a la M.A.R, simplemente aclarar que se trata de un castigo secundario en sí misma.
Es un estímulo que se asocia a la no aparición de comida.
Al tener naturaleza estimular, ya sea auditiva, visual o lo que sea, y tratarse de algo que aparece como consecuencia a una conducta, reduciendo la probabilidad de ocurrencia de ésta, se puede considerar como castigo secundario.
Su uso es muy práctico combinado siempre con refuerzo positivo, claro.
A ver si cuando deje de estar liado busco información sobre los dichosos discos, a ver si son lo que parecen, porque en la página esa lo utilizan para "llamar la atención del perro y dirigirla hacia nosotros" (como los toques de CM). A ver si me entero de cuál es el mecanismo por el que el perro guíe su atención hacia el dueño sólo porque suene un sonidito.